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HAITIANOS EN LA HISTORIA DE CUBA

Wednesday, September 20, 2006

Juan Theodoro Diphi: HAITIANO BENEFICIADO POR LA REFORMA AGRARIA

Uno de los beneficiarios por la ley revolucionaria de la Reforma Agraria, con la entrega del título de propiedad sobre los lotes de terreno que venían ocupando como precaristas, fue el emigrante haitiano Saint-Jean Depilice Medallis (conocido en Cuba como Juan Theodoro Diphi).

Como miles de haitianos, Juan Theodoro llegó varias décadas antes a la Mayor de la Antillas con la esperanza de hacer un poco de dinero y regresar con él a su país.

Por eso, muy joven, se enroló en uno de las decenas de grupos de coterráneos, formados a partir de los cantos de sirena entonados por los individuos que actuaban como contratistas de los cortadores con destino a los campos de caña de centrales azucareros cubanos.

Juan, como muchos otros, mantenía la esperanza de, en corto tiempo, reunir el suficiente dinero que le permitiera enfrentar las penurias que sufrían él y su familia en su natal Anse-a-Veau, primera Sección rural de Gireaud.

Pagó, como todos los demás, una parte del dinero exigido para el pasaje y quedó debiendo el resto hasta el monto de doscientos dólares exigidos por el contratista. En garantía, él dejó en su país un pedazo de terreno de sus padres: Dupieis Dipiche y Mecilia Medallis.

Al llegar a Cuba enfrentó la triste realidad: el pago por el corte de caña no era el prometido y la ganancia al final de los cortes no alcanzaba para acumular gran cantidad de dinero.

El llamado tiempo muerto interrumpió el entonces seguro trabajo y su deuda crecía con los gastos cotidianos de alimentación y otros. Entonces acudió, como miles de emigrantes haitianos, a laborar en los cafetales orientales. Este último trabajo le ofreció mejores perspectivas y un poco más de estabilidad.

Recogió café en las lomas orientales y consiguió asentarse en un pedazo de terreno en la zona guantanamera de Realengo 18. Conoció a Dolores Florentino, y esa unión le propició formar una familia de varios hijos.

Sufrió la explotación y los vejámenes infligidos por la clase dominante a obreros y campesinos cubanos. Por eso, el entorno social de lucha agraria y revolucionaria no le fue ajeno, a pesar de su origen extranjero.

Participó en las batallas contra los latifundistas y contribuyó en los combates librados por el Ejército Rebelde contra la tiranía de Batista.

El 10 de octubre de 1958 el Alto Mando guerrillero daba a conocer la Ley Extraordinaria número tres. En ella se concedía "la propiedad de la tierra que cultivaban a los poseedores de tierra del Estado, así como a los arrendatarios, subarrendatarios, aparceros, colonos, subcolonos y precaristas que ocupaban lotes de cinco (670 hectáreas) o menos caballerías particulares."

Basada en ella, cientos de campesinos de las zonas liberadas recibieron en propiedad las tierras donde laboraban y vivían.

El dos de diciembre de 1958 Juan Theodoro Diphi recibió, de manos de Raúl Castro Ruz, entonces Comandante en Jefe de las fuerzas rebeldes del Segundo Frente Oriental Frank País, el título de propiedad sobre el lote de terreno que venía ocupando como precarista.

TITULO DE PROPIEDAD DE LA REFORMA AGRARIA

Ejército Rebelde
Comandancia Central
Segundo Frente Oriental
Frank País

TITULO DE PROPIEDAD

Raúl Castro Ruz, Comandante en Jefe de las Fuerzas Rebeldes del Segundo Frente Oriental Frank País, en uso de las facultades de que estoy investido al amparo de la Ley de Reforma Agraria dictada por la Comandancia General de nuestro Ejército y de los principios de justicia y equidad revolucionaria que lo animan.

RESUELVO

Primero: Visto el correspondiente instruido por el Buró Agrario de este Ejército, expido el presente Título de Propiedad a favor del señor Juan Theodoro Diphi, natural de Haití, ciudadano haitiano mayor de edad sí y vecino de Tiguabos sobre el lote de terreno que el mismo venía ocupando en concepto de precario y que tiene la siguiente descripción:

Rústico: Lote de terreno procedente de la Finca Realengo 18 propiedad del Estado situado en el barrio de Tiguabos, Término Municipal de Guantánamo y que mide Cinco caroes, lindando al Norte Arroyo Cacao, al Sur Vereda Cacao, al Este Vereda Cacao, y al Oeste Alfonso Marcelino.

Segundo: El lote de terreno a que este Título se refiere será considerado como patrimonio familiar, contrayendo la obligación su beneficiario de trabajarlo directamente o por medio de sus familiares y se considerará como inembargable, no pudiendo ser enajenado en forma alguna.

Tercero: Este Título será inscribible en el Registro de Propiedad correspondiente, en los libros que al efecto serán habilitados.

Dado en Territorio Libre de Cuba de este Segundo Frente Oriental Frank País, a dos de Diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho.

(original firmado)
Raúl Castro Ruz
Comandante en Jefe

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